Después de leer con atención las entradas de Luis y de Antonio, creo llegado el momento de sintetizar posiciones. No es posible alargar indefinidamente la discusión intelectual sobre el principio normativo de la ética, aunque los análisis realizados nos ofrecen la fundamentación suficiente para poder sintetizar supuestos y principios que nos permitan iluminar el actuar moral del hombre.
He deseado encontrar, al tratar éste y otros temas similares, en la estructura humana, una especie de instinto natural práctico (incluso llegué a llamarlo “synderesis” de la razón, siguiendo, en parte, a los clásicos) que iluminara nuestra actuación. Sin embargo, no encuentro un camino unívoco, incuestionable, que permita llegar a postular o a defender una especie de principio universal ético válido para la variada gama situacional del hombre.
En la historia del pensamiento, los autores que han defendido este esencialismo moral, mediante principios éticos universales obligantes para todos, han distinguido, de manera más ficticia y argüitiva que real, entre el principio en sí, la manifestación histórica del mismo y el conocimiento que los hombres tienen de él. Para salvar el carácter general, inviolable, del principio general universalmente válido, se afirmaba que el principio en sí era inamovible y único puesto que estaba enraizado en la naturaleza humana dada al hombre por Dios. Lo que cambiaba era el conocimiento que de él se tiene y la manifestación histórica y temporal del mismo. En realidad lo que se postulaba era una esencia inmutable, al tiempo que, ilógicamente, se aceptaba el dinamismo y la evolución de la ley. Se abría la puerta a un relativismo ético basado en la diversidad cultural e histórica del hombre.
Es claro que la ética, al tener una función de utilidad normativa y orientadora de la conducta, necesariamente ha de estar encarnada y referida a la cultura dentro de la cual se produce. Un determinado estilo de vida, una determinada confesionalidad religiosa, tienden a producir conductas morales diferentes. (Recuérdese el caso de la aplicación de la “Ley del Talión” que estos días, legalmente, pretende llevarse a cabo en Irán). El relativismo antropológico conduce a un claro relativismo ético. Por ello, sin llegar a afirmar, como harían los ingleses defensores de la doctrina del “sentido moral” (Hutcheson, Adam Smith) que la actuación moral se basa en un razonamiento de analogía con lo que los demás sienten o hacen, es evidente que sí existe una influencia ideológica y moral que lleva al ser humano a erigir en norma de comportamiento la costumbre o la cultura imperante en su entorno. Quizás por ello, podríamos afirmar, sin forzar excesivamente el razonamiento, que las normas éticas, por el carácter de obligación social, por el remordimiento y la desaprobación social que conllevan, son simplemente una consecuencia del derecho penal o criminal existente en la cultura positiva de esa sociedad. La moral, así, estaría transida, en su aplicación, por un derecho positivo dimanante circunstancialmente de la voluntad popular.
Es claro: todo ingreso al ámbito de la moral ha de hacerse, como bien subraya Antonio, desde el ámbito de la vida, desde el hombre. Los actos morales comportan, sin ninguna duda, una relación inequívoca a los actos del individuo. Y, por ello, surge aquí la pregunta: ¿encuentra el hombre en sus principios morales un criterio general ético que le indique el camino a seguir, o estas normas morales, pretendidamente universales, sólo son consideradas como un acerbo de antiguallas a las que se contempla con el alejamiento y la frialdad que impone la distancia histórica? ¿Existen principios morales válidos y obligantes para el hombre de hoy o está éste tan cualificado y circunscrito situacionalmente en su actuación que le es imposible toda referencia a ellos?
Quizás todo esto justifica la pregunta que nos hemos estado haciendo estos días: ¿es necesario, para llegar a entender moralmente el acto humano, considerar como elemento determinante la circunstancialidad situacional, que acompaña ineludiblemente todo lo del hombre? Es imposible sustraerlo a su momento histórico, a su carácter hereditario, a su ambiente, etc. Vive su “ahora” personal de tal manera que sus acciones, en el tiempo, son irrepetibles. Su concreta situacionalidad anula el sentido normativo que, con carácter general, podría reclamarse para justificar éticamente sus actos.
Este planteamiento nos lleva a admitir un “ordenado” relativismo ético en el que la libertad individual responsable, ayudada por la inteligencia emocional, nos permita valorar ponderadamente la exigencia concreta que nos reclama el acto. En definitiva, el último dictamen de la moralidad va a depender de un cúmulo de circunstancias, necesariamente ocultas e inabarcables que nos trascienden incluso a nosotros mismos y que, sin duda, nuestra inteligencia emocional, libre y responsable, ha de valorar.
El individuo es siempre un caso particular de una generalidad en la que está inmerso. Por ello, es irrepetible. Y, por lo mismo, las normas morales, pretendidamente generales, no pueden serle aplicadas inequívocamente. El proceder ético de sus actos deberá serle intimado por su conciencia madura y personal. Es posible que esto suponga la adquisición de una mayor edad para la responsabilidad moral del ser humano. Una mayor edad a la que sólo se llega cuando se posee la capacidad de aplicar individualmente las urgencias éticas de la situación concreta. Esta capacidad permite al hombre descubrir caminos individuales éticos allí donde la pauta general, si es que existe, no puede ser aplicada al concreto por su tono generalizador y abstracto.
Teniendo, pues, presente el signo modificador que lleva consigo toda circunstancia, el operar humano deberá abrirse a un relativismo situacional, administrado siempre con cautelas sociales, a fin de evitar caer en un subjetivismo anárquico extremo que impediría toda posibilidad de convivencia y normatividad social.
He deseado encontrar, al tratar éste y otros temas similares, en la estructura humana, una especie de instinto natural práctico (incluso llegué a llamarlo “synderesis” de la razón, siguiendo, en parte, a los clásicos) que iluminara nuestra actuación. Sin embargo, no encuentro un camino unívoco, incuestionable, que permita llegar a postular o a defender una especie de principio universal ético válido para la variada gama situacional del hombre.
En la historia del pensamiento, los autores que han defendido este esencialismo moral, mediante principios éticos universales obligantes para todos, han distinguido, de manera más ficticia y argüitiva que real, entre el principio en sí, la manifestación histórica del mismo y el conocimiento que los hombres tienen de él. Para salvar el carácter general, inviolable, del principio general universalmente válido, se afirmaba que el principio en sí era inamovible y único puesto que estaba enraizado en la naturaleza humana dada al hombre por Dios. Lo que cambiaba era el conocimiento que de él se tiene y la manifestación histórica y temporal del mismo. En realidad lo que se postulaba era una esencia inmutable, al tiempo que, ilógicamente, se aceptaba el dinamismo y la evolución de la ley. Se abría la puerta a un relativismo ético basado en la diversidad cultural e histórica del hombre.
Es claro que la ética, al tener una función de utilidad normativa y orientadora de la conducta, necesariamente ha de estar encarnada y referida a la cultura dentro de la cual se produce. Un determinado estilo de vida, una determinada confesionalidad religiosa, tienden a producir conductas morales diferentes. (Recuérdese el caso de la aplicación de la “Ley del Talión” que estos días, legalmente, pretende llevarse a cabo en Irán). El relativismo antropológico conduce a un claro relativismo ético. Por ello, sin llegar a afirmar, como harían los ingleses defensores de la doctrina del “sentido moral” (Hutcheson, Adam Smith) que la actuación moral se basa en un razonamiento de analogía con lo que los demás sienten o hacen, es evidente que sí existe una influencia ideológica y moral que lleva al ser humano a erigir en norma de comportamiento la costumbre o la cultura imperante en su entorno. Quizás por ello, podríamos afirmar, sin forzar excesivamente el razonamiento, que las normas éticas, por el carácter de obligación social, por el remordimiento y la desaprobación social que conllevan, son simplemente una consecuencia del derecho penal o criminal existente en la cultura positiva de esa sociedad. La moral, así, estaría transida, en su aplicación, por un derecho positivo dimanante circunstancialmente de la voluntad popular.
Es claro: todo ingreso al ámbito de la moral ha de hacerse, como bien subraya Antonio, desde el ámbito de la vida, desde el hombre. Los actos morales comportan, sin ninguna duda, una relación inequívoca a los actos del individuo. Y, por ello, surge aquí la pregunta: ¿encuentra el hombre en sus principios morales un criterio general ético que le indique el camino a seguir, o estas normas morales, pretendidamente universales, sólo son consideradas como un acerbo de antiguallas a las que se contempla con el alejamiento y la frialdad que impone la distancia histórica? ¿Existen principios morales válidos y obligantes para el hombre de hoy o está éste tan cualificado y circunscrito situacionalmente en su actuación que le es imposible toda referencia a ellos?
Quizás todo esto justifica la pregunta que nos hemos estado haciendo estos días: ¿es necesario, para llegar a entender moralmente el acto humano, considerar como elemento determinante la circunstancialidad situacional, que acompaña ineludiblemente todo lo del hombre? Es imposible sustraerlo a su momento histórico, a su carácter hereditario, a su ambiente, etc. Vive su “ahora” personal de tal manera que sus acciones, en el tiempo, son irrepetibles. Su concreta situacionalidad anula el sentido normativo que, con carácter general, podría reclamarse para justificar éticamente sus actos.
Este planteamiento nos lleva a admitir un “ordenado” relativismo ético en el que la libertad individual responsable, ayudada por la inteligencia emocional, nos permita valorar ponderadamente la exigencia concreta que nos reclama el acto. En definitiva, el último dictamen de la moralidad va a depender de un cúmulo de circunstancias, necesariamente ocultas e inabarcables que nos trascienden incluso a nosotros mismos y que, sin duda, nuestra inteligencia emocional, libre y responsable, ha de valorar.
El individuo es siempre un caso particular de una generalidad en la que está inmerso. Por ello, es irrepetible. Y, por lo mismo, las normas morales, pretendidamente generales, no pueden serle aplicadas inequívocamente. El proceder ético de sus actos deberá serle intimado por su conciencia madura y personal. Es posible que esto suponga la adquisición de una mayor edad para la responsabilidad moral del ser humano. Una mayor edad a la que sólo se llega cuando se posee la capacidad de aplicar individualmente las urgencias éticas de la situación concreta. Esta capacidad permite al hombre descubrir caminos individuales éticos allí donde la pauta general, si es que existe, no puede ser aplicada al concreto por su tono generalizador y abstracto.
Teniendo, pues, presente el signo modificador que lleva consigo toda circunstancia, el operar humano deberá abrirse a un relativismo situacional, administrado siempre con cautelas sociales, a fin de evitar caer en un subjetivismo anárquico extremo que impediría toda posibilidad de convivencia y normatividad social.
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